viernes, 20 de abril de 2018

FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA

Programa Nacional de Lectura Leamos Juntos
Usik’ixik wuj pa Iximulew Chqasik’ij Qawuj (k’iche’)

1. Presentación
La lectura es una competencia básica para la vida porque es indispensable para que una persona pueda desenvolverse con éxito en la sociedad actual. En el contexto escolar, la comprensión lectora favorece el éxito y la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo y su integración social sin riesgo de exclusión.

Con base en la premisa anterior y consciente de la necesidad de mejorar la calidad educativa, el Ministerio de Educación de Guatemala diseña e implementa el Programa Nacional de Lectura Leamos Juntos, cuya prioridad es velar porque los estudiantes, docentes, padres y madres de familia, y comunidad en general se involucren en la promoción y el desarrollo de la comprensión lectora. La implementación de este programa permite, además, cumplir con las políticas de calidad, de educación bilingüe e intercultural y de equidad, promover el desarrollo de competencias de lectura, el abordaje de los valores universales establecidos en el Curriculum Nacional Base - CNB - y la concreción por pueblos.

La lectura es una herramienta instrumental que favorece el desarrollo de destrezas de pensamiento crítico imprescindible para el ejercicio responsable de la ciudadanía. En este contexto, el Programa Nacional de Lectura Leamos Juntos promueve, a través de la lectura, la reflexión sobre los valores universales enmarcados en los ejes del currículo nacional (multiculturalidad e interculturalidad, equidad, educación en valores, vida ciudadana, desarrollo integral y sostenible).

La implementación del programa también es una respuesta al compromiso adquirido en la VI Conferencia Iberoamericana de Cultura que reunió a ministros y responsables de las políticas culturales de la región en octubre del 2002; allí se estableció la lectura como asunto prioritario en la agenda de las políticas públicas de los países iberoamericanos y se delegó a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI - y al Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe - CERLALC -, la preparación de un plan iberoamericano de lectura, en el que participó Guatemala.

Aún cuando en el país se han realizado esfuerzos por mejorar la lectura, la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa - DIGEDUCA - evidencia que en 2009 solo el 47.93 % de los estudiantes de primer grado primaria, 51.8% de los estudiantes de 3º. primaria y el 30.9% en sexto primaria alcanzó el nivel de logro en las evaluaciones de lectura; mientras que de los graduandos, en el 2010, solamente el 22.39% alcanzó el nivel de logro de lectura. Estos resultados reflejan la necesidad urgente de priorizar el tema de la lectura e implementar acciones contundentes que favorezcan el desarrollo de la lectura en los estudiantes de todos los niveles educativos.

El Programa Nacional de Lectura Leamos Juntos tiene como antecedentes las acciones, logros y lecciones aprendidas de experiencias anteriores; una de ellas es el programa Todos a Leer, creado en el 2006 con el propósito primordial de fomentar el hábito lector en docentes, estudiantes y padres de familia; para lograrlo, se trabajaron estrategias de lectura a nivel nacional y con el apoyo de UNESCO se dotó de libros. Otra experiencia es la del Programa Nacional de Lectura A leer se ha dicho que se lanzó en 2011 con el objetivo de fomentar la lectura y compilar la tradición oral guatemalteca; en el marco de este programa se editaron e imprimieron libros que fueron distribuidos en establecimientos oficiales de los niveles preprimario, primario y el ciclo básico.

Sumadas a las experiencias propiciadas por el Ministerio de Educación se tienen las “buenas prácticas” de organizaciones nacionales e internaciones que han contribuido con la formación docente, dotación de materiales, monitoreo y desarrollo de metodologías en el tema de lectura; entre ellas: USAID/Reforma Educativa en el Aula, Save the Children, Fundación Riecken, Proyecto de Desarrollo Santiago - PRODESSA -, Oficina Nacional de Programa Educación - UNESCO - Guatemala, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia – UNICEF -, Fundación Rose, COED, Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura; Fondo de Cultura de España, Cooperación Alemana - GIZ - y Consejo de Lectura de Guatemala, entre otras.

Las lecciones aprendidas en las experiencias referidas permiten comprender que un programa de lectura para Guatemala debe considerar una serie de factores, como los siguientes: el aseguramiento de la existencia de materiales de lectura con pertinencia cultural y lingüística; el conocimiento y uso del idioma materno de los y las estudiantes; la comprensión y respeto a la cultura de los estudiantes; la aplicación de estrategias para la promoción, la enseñanza y el desarrollo de la comprensión lectora; entre otros.

El Programa Nacional de Lectura Leamos Juntos está dirigido a los y las estudiantes de todos los niveles educativos del país; en el cual se proyectan dos líneas estratégicas: una encaminada a la promoción y sensibilización de la importancia de la lectura y la otra, a brindar lineamientos para la adquisición y desarrollo de la lectura. Además se establecen cuatro acciones clave: formación del recurso humano, disponibilidad de materiales y recursos de lectura, establecimiento de alianzas y participación comunitaria, y acompañamiento, monitoreo y evaluación.

Como parte de la promoción se realizan actividades de animación a la lectura, cuentacuentos, radiocuentos en idiomas nacionales, lectura por líderes, publicaciones en prensa escrita y concursos de lectura y escritura. Se planea implementar las acciones de ambas líneas de acción en tres fases: la primera durante el 2012; la segunda, durante el 2013 y la tercera durante el 2014 y 2015. El programa es monitoreado y evaluado; con base en los resultados se promueve la mejora.

2. Fundamentos
El Programa Nacional de Lectura Leamos Juntos se fundamenta en los siguientes principios:
1. La lectura es un proceso que pone en juego habilidades, estrategias, actitudes y conocimientos para generar significados de acuerdo con finalidades concretas y dentro de situaciones específicas. Esta es una competencia fundamental para la vida y se hace instrumental en la comunicación, tanto en el ámbito escolar como fuera de él; esta contribuye al ejercicio de la ciudadanía y al éxito escolar; por lo cual debe desarrollarse en todas las áreas curriculares.

2. La promoción de la lectura incluye todas aquellas prácticas que tienen como propósito hacer que las personas lean; El promotor de la lectura fomenta que las personas lean y promueve, a través de la oralidad, los saberes cotidianos que sirven para la leer.

3. Los juegos de animación lectora motivan el gusto por la lectura y se complementan con estrategias de desarrollo de la comprensión lectora.

4. Fomentar el hábito lector en los niños y jóvenes es una tarea de toda la sociedad: maestros, directores, familia, bibliotecarios, autoridades educativas, etc. En los centros educativos se deben desarrollar estrategias lectoras siguiendo los lineamientos del CNB y programarse actividades de promoción de lectura.

5. El proceso lector se desarrolla de tres momentos (antes, durante y después) y contribuye a mejorar la competencia lectora; en cada momento se deben desarrollar estrategias lectoras, por ejemplo: antes de leer: establecer el propósito de la lectura; durante: establecer la idea principal; después: valorar lo leído.

6. El aprendizaje de la lectura se inicia desde muy temprano con el uso del lenguaje oral y se incrementa cuando los adultos leen a los niños. Luego se adquiere la lectura y escritura mediante el dominio de los sonidos, letras, vocabulario, para lograr fluidez y comprensión lectora. Posteriormente, se avanza a la lectura silenciosa y se fortalecen las destrezas de comprensión.

7. Según la investigación científica, los elementos o componentes que aplicados correctamente garantizan el éxito en el aprendizaje de la lectura son: conciencia fonémica, principio alfabético, fluidez, vocabulario y comprensión.

8. “Los alumnos aprenden a leer más rápido y adquieren otras aptitudes académicas cuando adquieren sus conocimientos iniciales en su lengua materna. Además, aprenden un segundo idioma con mayor rapidez que quienes aprenden a leer inicialmente en un idioma que no les es familiar. (Tomado de UNICEF. (1999). Estado mundial de la infancia 1999. Nueva York. pág. 41)

9. El Programa de Lectura Silenciosa Sostenida (LSS) descrito inicialmente por Hunt (1970) tiene como finalidad promover el desarrollo del hábito de leer y mejorar las actitudes y los intereses de lectura, enfrentándola como una actividad de lenguaje, recreativa, voluntaria y holística, estructurada en un tiempo fijo y con materiales previamente autoseleccionados.

10. La lectura ofrece la oportunidad de desarrollar valores por medio de la lectura, mediante la reflexión constante sobre los mismos a partir de los personajes e historias leídas.

3. Objetivos

3.1 General
Promover la lectura para desarrollar competencias lectoras y valores en los estudiantes bilingües y monolingües de los diferentes niveles educativos.

3.2 Específicos
1. Promover el hábito de la lectura a través de diversas actividades en el ámbito escolar, familiar y comunitario.

2. Desarrollar competencias lectoras en los estudiantes bilingües y monolingües de todos los niveles educativos.

3. Promover en los estudiantes, por medio de la lectura, la reflexión de los valores universales establecidos en los ejes transversales del CNB.
4. Formar recurso humano para la promoción, adquisición y desarrollo de la lectura.

5. Favorecer la creación, y el uso de materiales de lectura y bibliotecas en los centros educativos del país.

6. Mejorar el rendimiento académico en lectura de los estudiantes de los niveles Primario y Medio.

4. Resultados
Con la implementación del Programa Nacional de Lectura Leamos Juntos se espera obtener los siguientes resultados:

1. Actividades de promoción de la lectura (lectura por líderes, cuentacuentos, radiocuentos, publicaciones en prensa escrita, concursos y otras actividades de animación a la lectura) realizadas en todos los departamentos y en el 80% de los municipios del país.

2. Comunidad educativa involucrada en las actividades que favorecen la promoción y el desarrollo de la lectura.

3. El MINEDUC cuenta con personal actualizado en promoción, adquisición y desarrollo de la lectura.

4. Las DIDEDUC cuentan con planes departamentales de lectura que responden a las características sociolingüísticas de los estudiantes y con mecanismos de coordinación para su implementación en los centros educativos.

5. Establecimientos educativos oficiales del nivel preprimario y primario cuentan con materiales de lectura y bibliotecas apropiadas a la edad de los estudiantes.

6. Docentes en servicio formados e implementando metodologías efectivas para la adquisición y desarrollo de la lectura de acuerdo al nivel educativo en el que laboran.

7. Estudiantes del sistema educativo nacional cuentan con espacios de lectura en el aula y en el establecimiento educativo.

8. Estudiantes bilingües y monolingües del sistema educativo fortalecidos en sus competencias lectoras.

9. Estudiantes de todos los niveles educativos han aumentado el nivel de logro en las evaluaciones de lectura.

5. Líneas estratégicas
El Programa Nacional de Lectura incluye dos líneas estratégicas: promoción de la lectura, y adquisición y desarrollo de la lectura. Además, se establecen acciones clave para la ejecución del programa; estas acciones clave son:

a. Formación del recurso humano
b. Aseguramiento de la disponibilidad de materiales y recursos de lectura en los diferentes idiomas nacionales.
c. Establecimiento de alianzas y participación comunitaria.
d. Acompañamiento, monitoreo y evaluación en la implementación del programa.

jueves, 19 de abril de 2018

BIBLIOGRÁFICA


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Acuérdese CREAR EL PROGRAMA NACIONAL DE LECTURA “LEAMOS JUNTOS”.
 ACUERDO MINISTERIAL No. 0035-2013
 Guatemala, 2 de enero del 2013.


Programa Nacional de Lectura

Leamos Juntos
Guatemala, abril de 2012






VÍDEO EDUCATIVO SOBRE LA LECTURA 

miércoles, 18 de abril de 2018

INTEGRANTES DEL GRUPO



ARLETH MARGOTH MAXANÁ POZ
ARLETH NOEMÍ MAXANÁ POZ
PASCUALA PERECHU GUARCHAJ


UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA 
CENTRO UNIVERSITARIO DE SUR OCCIDENTE
CUNSUROC 
TECNOLOGIA APLICADA A LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA 
MSc. LUIS FERNANDO JIMÉNEZ MUÑOZ
VIDEO
ENTREVISTA DIRECTORA DE LA E.O.D.P SECTOR EL REBALSE, PUEBLO NUEVO, SUCHITEPÉQUEZ.



IMÁGENES DEL PROGRAMA NACIONAL DE LECTURA

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BASE LEGAL


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Acuérdase CREAR EL PROGRAMA NACIONAL DE LECTURA “LEAMOS JUNTOS”.


ACUERDO MINISTERIAL No. 0035-2013

Guatemala, 2 de enero del 2013.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política de la República de Guatemala establece que la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal.

CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Educación Nacional establece que uno de los fines de la educación en Guatemala es promocionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales, que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo la convivencia social y le permitan el acceso a otros niveles de vida.

CONSIDERANDO:
Que, la lectura es una competencia básica para la vida porque es indispensable para que una persona pueda desenvolverse en la sociedad actual y que la comprensión lectora favorece el éxito de los estudiantes y su permanencia en el Sistema Educativo, así como su integración social.

CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Educación tiene como propósito cumplir con las políticas de mejoramiento de la calidad de proporcionar una educación monolingüe, bilingüe e intercultural y de equidad; así como promover el desarrollo de competencias de lectura y el abordaje de los valores universales establecidos en el Currículo Nacional Base. Por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.

POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 194 literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 inciso m) del Decreto No. 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Organismo Ejecutivo; y 33 inciso d) del Decreto Número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala; Ley de Educación Nacional.




ACUERDA:

CREAR EL PROGRAMA NACIONAL DE LECTURA “LEAMOS JUNTOS”

CAPITULO I
NATURALEZA Y OBJETIVOS

ARTICULO 1. Creación. Se crea el Programa Nacional de la Lectura “Leamos Juntos” con el propósito de desarrollar las competencias lectoras en la niñez, juventud y comunidad educativa, tanto del subsistema de educación escolar como el subsistema de educación extraescolar.

ARTICULO 2. Naturaleza. El Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos” está dirigido a estudiantes de todos los niveles y modalidades educativas, puede ejecutarse en centros educativos de los sectores público, privado, por cooperativa y municipal, así como recibir apoyo y coordinar acciones con organizaciones gubernamentales, no gubernamentales, autónomas, semiautónomas, sector privado y agencias de cooperación internacional.

ARTICULO 3. Objetivos del Programa. Son objetivos del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”, los siguientes:

            Objetivo General:
Promover la lectura para desarrollar competencias lectoras y valores en los estudiantes bilingües y monolingües de todos los niveles y modalidades educativas.

Objetivos Específicos:
1.    Desarrollar competencias lectoras en los estudiantes bilingües y monolingües de todos los niveles y modalidades educativas.
2.    Formar recurso humano para la promoción, adquisición y desarrollo de competencias lectoras.
3.    Promover el hábito de la lectura, por medio de diversas actividades en el ámbito escolar, familiar y comunitario.
4.    Promover en los estudiantes, por medio de la lectura, la reflexión de los valores universales establecidos en los ejes transversales del Currículo Nacional Base.
5.    Favorecer la elaboración, el uso de materiales de lectura y la implementación de bibliotecas en los centros educativos.
6.    Mejorar el rendimiento académico en lectura de los estudiantes de los niveles de Educación Primaria y Media.

ARTICULO 4. Líneas Estratégicas. El Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos” se implementa con dos líneas estratégicas fundamentales; a) promoción de la lectura b) adquisición y desarrollo de las competencias lectoras. La Comisión Ministerial de Lectura puede modificar las líneas estratégicas, sustituyendo o agregando nuevas, de conformidad con los resultados de las evaluaciones del programa.

ARTICULO 5. Alcance y enfoque de las líneas estratégicas del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”. En la implementación de las líneas estratégicas se debe tener en cuenta las características y tipos de comunidades lingüísticas, así como las modalidades de intervención según las mismas, que están definidas en el Modelo Educativo Bilingüe e Intercultural. La Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural –DIGEBI- emitirá los lineamientos y criterios que se deben tener en cuenta con relación al uso de idiomas nacionales, según las características y tipos de comunidades lingüísticas.

También se debe estimular el conocimiento y uso de diversos materiales de lectura, además de libros impresos, tales como revistas, folletos, diarios, revistas digitales, bibliotecas digitales, medios de comunicación virtuales y centros de documentación, entre otros.

ARTICULO 6. Promoción de la Lectura. El Ministerio de Educación a través de sus líneas estratégicas está comprometido a posicionar la lectura como prioridad nacional, impulsar el gusto por la lectura, así como la imaginación, creatividad, reflexión acerca de los valores universales y la valoración de las tradiciones inmersas en la oralidad de las culturas guatemaltecas. Se desarrolla por diversas actividades entre ellas; lectura por líderes, cuentacuentos, radio cuentos, publicaciones en medios escritos, concursos de cuentos y otras de animación para la lectura.

ARTICULO 7. Adquisición y desarrollo de la lectura. La línea estratégica de adquisición y desarrollo de la lectura está orientada al empoderamiento por parte de los docentes, padres de familia y otros actores de la comunidad educativa, de los procesos y técnicas para el desarrollo de destrezas de lectura comprensiva, informativa y recreacional. Se enfoca en el proceso formativo que se realiza en el ámbito escolar para desarrollar competencias lectoras en los estudiantes según el grado y nivel educativo. La adquisición de la lectura se refiere al aprendizaje de la lectoescritura –lectura  emergente y lectura inicial– y al desarrollo de la profundización en los niveles de comprensión –literal, inferencial y crítico–.


CAPITULO II
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

ARTICULO 8. Coordinación Nacional. El Despacho Superior del Ministerio de Educación, a través de todos los viceministros ejercen la coordinación nacional del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”.

ARTICULO 9. Estructura. Para su funcionamiento el Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos” tiene la siguiente estructura:

a)    Comisión Ministerial de Lectura
b)    Comisión Ejecutiva del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”
c)    Comisión Departamental de Lectura, en cada Dirección Departamental de Educación.
d)    Comisión Escolar de Lectura

ARTICULO 10. Comisión Ministerial de Lectura. La Comisión Ministerial de Lectura está integrada por la persona que ejerza el cargo de Ministro (a) de Educación, quién la preside, los Viceministros de Educación y los Directores de las dependencias que se indican a continuación:

a)    Dirección General de Gestión de la Calidad Educativa –DIGECADE–
b)    Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural –DIGEBI–
c)    Dirección General del Currículum –DIGECUR–
d)    Dirección General de Educación Extraescolar -DIGEEX-
e)    Dirección General de Educación Especial –DIGEESP–
f)     Dirección General de Educación Física –DIGEF–
g)    Dirección de Comunicación Social –DICOMS–

ARTICULO 11. Funciones de la Comisión Ministerial de Lectura.  Le corresponde establecer los lineamientos técnicos y operativos para la implementación de las líneas estratégicas y acciones claves para la ejecución del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”, así como para el diseño y selección de los insumos básicos para dar seguimiento a las acciones planificadas. Además, tendrá las siguientes  funciones:
1.    Aprobar el plan anual del programa y verificar su ejecución.
2.    Establecer la coordinación interinstitucional con otros ministerios y entidades que apoyan el programa.
3.    Definir los criterios de acompañamiento para la ejecución del programa.
4.    Seleccionar los materiales a utilizar dentro del programa.
5.    Gestionar la adquisición, dotación de materiales y recursos para la implementación del programa.
6.    Coordinar la evaluación del programa.
7.    Establecer las funciones que le corresponde realizar a las Direcciones del Ministerio de Educación con base en lo establecido en el Acuerdo Gubernativo No. 225-2008 de la fecha 12 de septiembre de 2008.  Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación.
ARTICULO 12. Comisión Ejecutiva del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”.  La Comisión Ejecutiva del Programa Nacional del Lectura “Leamos Juntos” está integrada por dos técnicos de cada una de las direcciones que conforman la Comisión Ministerial de Lectura, indicadas en el artículo 10 del presente acuerdo.  Sus funciones generales son:
a)    Dar asistencia técnica y operativa a la Comisión Ministerial de Lectura.
b)    Implementar los lineamientos emitidos por dicha comisión.
c)    Elaborar la propuesta de plan anual del programa.
d)    Dar acompañamiento y seguimiento a la ejecución del plan anual.
e)    Realizar la evaluación del mismo.
f)     Coordinar la intervención de las direcciones generales, conforme a las funciones definidas por la Comisión Ministerial de Lectura y las que le sean asignadas por la Comisión Ministerial de Lectura,
ARTICULO 13. Integración de la Comisión Departamental de Lectura.  La Comisión Departamental de Lectura está integrada por:
a)    Director Departamental de Educación de la jurisdicción correspondiente, quien la preside.
b)    Subdirector Técnico Pedagógico o Jefe del Departamento Técnico Pedagógico,  Bilingüe Intercultural; en los casos que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo Ministerial Número 1291-2008 de fecha 7 de agosto de 2008.
c)    Un profesional por cada una de las coordinaciones de los niveles de educación preprimaria, primaria, media y de educación extraescolar.
Para la ejecución local de las líneas estratégicas se integran a la Comisión Departamental los designados como enlaces, los profesionales que ejercen funciones de supervisión en los municipios o distritos en que está organizado el departamento.

ARTICULO 14. Funciones de la Comisión Departamental de Lectura. Las funciones de la Comisión Departamental de Lectura, son las siguientes:

1.    Coordinar las acciones relativas al Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos” con la Comisión Ministerial de Lectura y asistir a las reuniones de trabajo.
2.    Elaborar un plan anual departamental de lectura con base en el  plan nacional, tomando en cuenta el contexto cultural y sociolingüístico del departamento.
3.    Coordinar la ejecución del plan anual departamental de lectura y establecer estrategias para su implementación en los centros educativos de su jurisdicción, involucrando a los profesionales con funciones de supervisión para que brinden el acompañamiento respectivo al programa.
4.    Impulsar campañas de promoción de la lectura con la coordinación del Departamento de Comunicación Social de la Dirección Departamental de Educación, la que trabajará en coordinación con la Dirección de Comunicación Social del Ministerio de Educación.
5.    Asegurar la formación y funcionamiento de una comisión de lectura en cada centro educativo, tanto en el sector público como en el privado, llevando un registro de sus integrantes.
6.    Verificar que cada centro educativo, en todos los niveles educativos tanto del sector público como privado, elabore y ejecute un plan de lectura.
7.    Formar recurso humano en promoción y metodología efectivas para la adquisición y desarrollo de la lectura y presentar los informes correspondientes.
8.    Administrar adecuadamente los recursos y materiales destinados a los centros educativos para la implementación del programa.
9.    Otras que le sean asignadas en el presente Acuerdo Ministerial por la Comisión Ministerial de Lectura.
ARTICULO 15. Funciones de los enlaces municipales o distritales.   Los profesionales con funciones de supervisión, designados como enlaces de la Comisión Departamental  de Lectura en el municipio o distrito correspondientes, tienen a su cargo las siguientes funciones:

1.    Coordinar en su jurisdicción la realización de procesos de formación sobre lineamientos y estrategias del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”.
2.    Coordinar en su jurisdicción con organizaciones gubernamentales, no gubernamentales, autónomas, semiautónomas, sector privado y agencias de cooperación internación , el apoyo al programa
3.    Coordinar la realización de las acciones encaminadas a fortalecer la práctica de la lectura en el municipio, de acuerdo al plan anual departamental.
4.    Elaborar informes periódicos de la ejecución del programa.
5.    Sistematizar las buenas prácticas de lectura que se realicen en su jurisdicción.
6.    Otras que se le sean requeridas por la Comisión Departamental de Lectura.

ARTICULO 16. Comisión Escolar de Lectura. La Comisión Escolar de Lectura está integrada por:
a)    Director o directora del centro educativo, quien la preside.
b)    Dos docentes.
c)    Dos representantes de padres de familia; y,
d)    Dos estudiantes. Sus funciones son:

1.    Elaborar y coordinar la ejecución del plan escolar de lectura, con base en el plan departamental y tomando en cuenta el contexto cultural y sociolingüístico del centro educativo.
2.    Coordinar y promover actividades relacionadas con la lectura en el centro educativo, con la participación de la comunidad educativa local.
3.    Verificar la adecuada implementación de metodologías efectivas para la adquisición y desarrollo de la lectura.
4.    Asegurar y propiciar el ambiente letrado, el espacio de lectura en las aulas y en el centro educativo.
5.    Gestionar materiales de lectura para el uso de los y las estudiantes.
6.    Verificar el uso apropiado en el centro educativo de los materiales y recursos del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”.
7.    Asegurar que los materiales de lectura estén organizados por área, tema, tipo de idioma, entre otros; con el apoyo del gobierno escolar y de la comunidad educativa.
8.    Requerir el uso de un instrumento de autocontrol que registre la cantidad de materiales y tiempo que dedican a lectura cada estudiante.
9.    Comprobar la utilización de lectura como una herramienta para el desarrollo de todas las áreas curriculares.
10. Involucrar miembros de la comunidad como voluntarios en el programa.
11.  Evaluar los resultados y funcionamiento del programa.

ARTICULO 17. Responsabilidades de los docentes. Los docentes de todos los centros educativos, tienen a su cargo las responsabilidades para la ejecución del plan escolar de lectura, indicadas a continuación:

1.    Asegurar la realización en el aula de las acciones contenidas en el plan escolar de lectura, garantizando la participación activa de los y las estudiantes a su cargo.
2.    Coordinar y promover actividades relacionadas con la lectura en otros grupos del centro educativo.
3.    Garantizar el cuidado del ambiente letrado y el espacio de lectura en el aula.
4.    Verificar el uso apropiado en el aula de los materiales y recursos del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”
5.    Verificar que los materiales de lectura estén organizados por área, tema, tipo e idioma, entre otros.
6.    Administrar el uso de un instrumento de registro de la cantidad de materiales y tiempo que dedica a la lectura cada estudiante.


CAPITULO III
DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 18. Recursos para los centros educativos. El Ministerio de Educación es el encargado de promover y gestionar la entrega de recursos y materiales de lectura a los centros educativos, así como del proceso de implementación de los planes escolares de lectura, seguimiento y monitoreo del uso adecuado de los recursos que se distribuyan. Utilizará la tecnología como medio necesario para conseguir los objetivos esperados en el Plan Nacional de Lectura, a través de sus diferentes direcciones.

ARTICULO 19. Lectura diaria. Con el objetivo de promover la adquisición del hábito lector, se implementará diariamente media hora de lectura en los centros educativos de todos los niveles y sectores del Sistema de Educación Nacional.

ARTICULO 20. Presupuesto. El Ministerio de Educación efectuará asignaciones presupuestarias requeridas para:
a.    Fortalecimiento de procesos.
b.    Elaboración de materiales informativos.
c.    Dotación de libros.
d.    Medios tecnológicos de lectura a las direcciones sustantivas y a las Direcciones Departamentales de Educación, en el marco de la ejecución del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”

ARTICULO 21. Coordinación interinstitucional. El Ministerio de Educación promoverá la coordinación con las diversas empresas editoras, universidades y diferentes organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, autónomas, semiautónomas, sector privado y agencias de cooperación internacional para articular los esfuerzos en el marco del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos”.


ARTICULO 22. Evaluación del programa. La evaluación del Programa se realizará por períodos bianuales, siguiendo los procedimientos que establezca la Comisión Ministerial de Lectura.


ARTICULO 23. Evaluación de los planes de lectura. Los planes de lectura departamental, municipal y de cada centro educativo serán evaluados periódicamente, aplicando los lineamientos establecidos por la Comisión Ministerial de Lectura, con el objetivo de adecuarlos a las necesidades del contexto. La Comisión Ejecutiva  del Programa Nacional de Lectura “Leamos Juntos” realizará el seguimiento a las actividades de evaluación, resultados y acciones de mejora que sean establecidas en cada nivel educativo.

ARTICULO 24. Casos no previstos. Los casos no previstos en el presente acuerdo serán resueltos por la instancia inmediata superior al nivel en el que se produzcan, según lo establecido para el funcionamiento del programa.


ARTICULO 25. Derogatoria. Se derogan los Acuerdos Ministeriales Números 307-2006 de fecha 1 de marzo de 2006 y 1061-2010 de fecha 25 de junio de 2010.


ARTICULO 26. Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial empezará a regir el día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.

Comuníquese


CINTHYA CAROLINA DEL AGUILA MENDIZABAL
Ministra de Educación


Los Viceministros de Educación

OLGA EVELYN AMADO JACOBO DE SEGURA

ALFREDO GUSTAVO GARCIA ARCHILA

GUTBERTO NICOLAS LEIVA ALVAREZ

ELIGIO SIC IXPANCOC


(Publicado en el Diario de Centro América, el día viernes 11 de enero de 2013.)

FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA Programa Nacional de Lectura Leamos Juntos Usik’ixik wuj pa Iximulew Chqasik’ij Qawuj (k’iche’) 1. Presentac...